1.¿Cómo se organiza la DDU? Estructura de la organización y posición dentro de la jerarquía de Atribuciones y competencias, grado vinculante de las decisiones de la DDU.
2.No competencias, funciones que no corresponden a la DDU.
Resumen de acuerdos
1. La organización debería considerar a un Defensor Titular y a un Defensor Adjunto.
2.La DDU debería tener una oficina independiente y autónoma respecto a otras unidades de la Universidad y organizaciones estudiantiles, de manera que el trato con los miembros de la Comunidad Universitaria sea directo.
3.Cada uno de los asistentes a la reunión aportó diversas ideas de lo que deberían ser las competencias de la DDU, aunque no se llegó a un consenso. Los aportes fueron:
- Considerar que la DDU no trate temas laborales, sin embargo quedó pendiente determinar cuáles temas son laborales y cuáles no.
- Considerar que sólo los miembros de la Comunidad Universitaria puedan acudir a la DDU (según el Estatuto de la Universidad sólo son parte de ésta los profesores, alumnos y graduados). Sin embargo se planteó abarcar también a trabajadores administrativos o de empresas que prestan servicios (limpieza, seguridad, fotocopiadoras, comedores) en temas no laborales…
- Considerar que cualquier persona ajena a la Comunidad Universitaria que se vea afectada por un miembro de la misma en su actuar como tal, pueda presentar su queja ante la DDU.
5. No son competencia de la DDU conocer:
- De resoluciones disciplinarias y otras violaciones que puedan impugnarse por otra vía establecida en la legislación universitaria.
- De las evaluaciones académicas de profesores, comisiones dictaminadoras o consejos técnicos e internos, y en general sobre los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico. Salvo que se viole algún derecho universitario de naturaleza distinta a la señalada en esta fracción.